PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE

La Administración. en el ejercicio de las responsabilidades atribuidas de formular la estrategia y aprobar las Políticas corporativas de la empresa, y en congruencia con los valores de la empresa y con su cultura de prevención de irregularidades, dicta esta Política ética y para la prevención de delitos.

Objeto

La Política ética y para la prevención de delitos tiene el objeto de proyectar a todos los/as directivos/as, empleados/as, colaboradores y socios accionistas de la empresa, así como a terceros que se relacionen con aquella, un mensaje rotundo de oposición a la comisión de cualquier acto ilícito, penal o de cualquier otra índole, y de la voluntad de la empresa de combatirlos y de prevenir un eventual deterioro de su imagen.

Esta Política ética y para la prevención de delitos constituye un compromiso de permanente vigilancia y sanción de los actos fraudulentos, de mantenimiento de mecanismos efectivos de comunicación y concienciación de todos/as los/as empleados/as y de desarrollo de una cultura empresarial de ética y honestidad.

Ámbito de aplicación

 Esta Política para la prevención de delitos es de aplicación a todos/as los/as directivos/as, empleados/as, colaboradores y socios accionistas de la empresa. Por otra parte, las personas de otras empresas que trabajen para la empresa, aunque no son pertenecientes a ella, observarán las previsiones de esta Política para la prevención de delitos y de comportamiento ético y promoverán, en la medida de lo posible, la aplicación de sus principios en sus actividades profesionales que realicen en favor de la empresa.

Principios

  • Integrar y coordinar las actuaciones necesarias para prevenir y combatir la posible comisión de actos ilícitos por cualquier profesional ligado a la empresa.
  • Generar un entorno de transparencia, integrando los diferentes sistemas desarrollados para la prevención de delitos, manteniendo los canales internos adecuados para favorecer la comunicación de posibles irregularidades.
  • Actuar, en todo momento, al amparo de la legislación vigente. Impulsar una cultura preventiva basada en el principio de “tolerancia cero” hacia la comisión de actos ilícitos y comportamiento responsable de todos los profesionales, con independencia de su nivel jerárquico.
  • Promover procesos de autocontrol en las actuaciones por parte de los/as empleados/as y directivos/as de la empresa, de modo que cualquier actuación de cualquier profesional, se asiente sobre estas cuatro reglas:
  1. Que la actuación sea éticamente aceptable
  2. Que sea legalmente válida
  3. Que sea deseable para la empresa
  4. Que el profesional esté dispuesto a asumir la responsabilidad sobre ella
  • Desarrollar e implementar procedimientos adecuados para el control y la gestión integral de la prevención de delitos.
  • Mantener el énfasis en las actividades proactivas, como la prevención y la detección, frente a las actividades reactivas, como la investigación y la sanción.
  • Investigar toda denuncia de un hecho presuntamente delictivo o acto fraudulento o irregular, con independencia de su cuantía, a la mayor brevedad posible, garantizando la confidencialidad del denunciante y los derechos de las personas investigadas.
  • Procurar una aplicación justa, no discriminatoria y proporcional de las sanciones, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable en cada momento.
  • Comunicar a todos los profesionales el deber de informar sobre cualquier hecho constitutivo de un posible ilícito penal, fraude o irregularidad de la que tengan constancia a través de los canales establecidos al respecto.
  • Implementar programas adecuados de formación, sensibilización y toma de conciencia para los profesionales de la empresa en los deberes que impone la legislación aplicable.

Control, evaluación, revisión y mejora continua

La Función de Compliance de la empresa controla la implantación, desarrollo y cumplimiento del Manual para la prevención de la comisión de delitos.

A estos efectos, la Función de Compliance goza de las facultades necesarias de iniciativa y control para vigilar el funcionamiento, la eficacia y el cumplimiento de esta Política para la prevención de delitos, velando por la adecuación de los programas para la prevención de la comisión de delitos a las necesidades y circunstancias de la empresa en cada momento, y para que los sistemas disciplinarios que resulten de aplicación en cada caso sancionen adecuadamente el incumplimiento de las medidas previstas en los programas.

La Alta Dirección de la empresa evaluará y revisará, al menos una vez al año, el cumplimiento y la eficacia de esta Política para la prevención de delitos, así como de los programas para la prevención de la comisión de delitos, fijando metas anuales con la que mejorar continuamente el Sistema de Gestión y el Plan existente para la prevención de delitos y el comportamiento ético.